Desde hoy la administración pública retoma la presencialidad plena
Hoy los trabajadores del estado dicen adiós al “home office” y vuelven a la modalidad presencial en sus puestos, aunque seguirán exceptuadas las personas que acrediten documentación médica por pertenecer a grupos de riesgos.
La administración pública regresa hoy lunes a la presencialidad plena, de acuerdo con el decreto del Gobierno nacional que estableció como fecha límite el 1 de mayo, para poner fin a la modalidad de trabajo remoto.
A través de la Resolución 58/2022, publicada el mes pasado en el Boletín Oficial, la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, resolvió la vuelta a la presencialidad: “Cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (…) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios”. ( ver nota VW; https://www.visionweb.com.ar/?p=5077).
A la vez, los trabajadores deberán continuar respetando las recomendaciones generales para prevenir nuevos contagios de coronavirus y de otras enfermedades respiratorias.
En paralelo y de acuerdo con la resolución firmada el mes pasado por la secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Castellani, los organismos estatales deben solicitar los certificados de vacunación a sus trabajadores.
Para esta vuelta definitiva a la presencialidad, el Gobierno dispuso que seguirán “exceptuadas” las personas que acrediten documentación médica por pertenecer a grupos de riesgos. “Solamente hoy siguen trabajando de manera remota aquellas personas que tienen algún tipo de inmunodepresión, una comorbilidad, que establece muy claramente los incisos 5 y 6 de la última resolución de Salud, una situación que impide, con acreditación de certificado médico, la asistencia presencial”, explicó en su momento Castellani.
Los exceptuados a prestar servicios de manera presencial son, por un lado, las personas con inmunodeficiencias congénita, asplenia funcional o anatómica, anemia drepanocítica y desnutrición grave, con VIH (dependiendo del status) y pacientes que tomen medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.
En este grupo también figuran los pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y los trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
Además, según los parámetros del Ministerio de Salud, “aquellos trabajadores que tengan diagnóstico de Covid-19, que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus lugares de trabajo sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”.
En el caso de aquellos que hayan desistido de vacunarse contra el coronavirus deberán “firmar una Declaración Jurada expresando que han recibido y comprendido la información vinculada a la vacunación y que asumen toda responsabilidad derivada de la conducta que adopten”.
También, los no vacunados tienen que comprometerse a “tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo que integran”.
La resolución que se implementa a partir de hoy advierte a la vez, que “aquellos trabajadores que no cumplan con la modalidad de servicios exigible serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”. (VW)