Alberto Fernández convoco’ a gobernadores e intendentes a controlar los precios
El plan de controles contempla rigurosas medidas por incumplimientos, como allanar locales industriales y comerciales, labrar actas, pedir el auxilio de la fuerza pública, secuestrar libros e intervenir mercadería.
Mediante un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno convocó a intendentes y gobernadores de todos los municipios y las provincias del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y el control del cumplimiento del congelamiento de precios dispuesto por la Secretaría de Comercio hasta el 7 de enero próximo. El plan abarca a supermercados, todavía no están incluidos los denominados «chinos» ni los almacenes de barrio.
La medida quedó oficializada a través del Decreto 745/2021 publicado este viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, del Jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y del Interior, Eduardo «Wado» de Pedro.
“Convócase a los Intendentes y las Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 1050 del 19 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680″, reza el primer artículo de la normativa.
Para el cumplimiento del control de los precios congelados, “las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley de Abastecimiento N° 20.680, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto”.
Cabe destacar que el artículo 10 de la Ley de Abastecimiento (N°20.680) establece como procedimiento, el labrado de un acta de infracción, la admisión de pruebas y la resolución del hecho.
En tanto que el artículo 12 señala que los funcionarios podrán requerir el auxilio de la fuerza pública; allanar en horas hábiles y días de funcionamiento, locales industriales, comerciales, establecimientos de producción, y solicitar a los jueces competentes órdenes de allanamiento cuando deba practicarse este procedimiento en días y horas inhábiles o en la morada o habitación del presunto responsable.
Será el área que conduce ahora Roberto Feletti la que brindará a los intendentes “la asistencia técnica y la cooperación que le sean requeridas”.
Así, los funcionarios locales podrán labrar actas, pedir el auxilio de la fuerza pública, allanar locales industriales y comerciales, secuestrar libros e intervenir mercadería, entre otras acciones.
En el artículo 3º la convocatoria se hace extensiva a “los gobernadores y las gobernadores de provincia y al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Ya el miércoles Alberto Fernández había defendido el congelamiento de precios frente a gobernadores de todo el país, a excepción del mendocino Rodolfo Suárez y Horacio Rodríguez Larreta.
“Los aumentos de precios castigan con dureza los ingresos de los argentinos y argentinas, poniendo en riesgo al mismo tiempo la continuidad del crecimiento económico. Si los ingresos de nuestro pueblo se deterioran, el consumo, la producción, la inversión, el empleo y la rentabilidad de nuestras pymes se debilita”, se mencionó en el documento.
“Resulta prioritario garantizar el cumplimiento de dicha medida o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, para asegurar el bienestar de los y las habitantes del país de modo uniforme en todo el Territorio Nacional”, justificó el Gobierno en los considerando del decreto.
Con respecto a la facultad que otorga a gobernadores e intendentes, se explicó que “el Poder de Policía, como actividad de la Administración destinada a garantizar el mantenimiento de la convivencia armónica, la seguridad, el orden público, la salud y el bienestar general tiene su fundamento en el artículo 14 de la Constitución Nacional”. (VW)