Los trabajadores informales que cobran el bono no podrían acceder a la devolución del IVA
El resto de los sectores que ha cobrado bonos como jubilados, empleados registrados y personal doméstico, sí tiene acceso al beneficio de la devolución del IVA. Lo dice el proyecto que obtuvo media sanción en Diputados.
Los trabajadores informales que comenzaron a cobrar esta semana el bono de $94.000 en 2 cuotas no estarían contemplados en el programa “compre sin IVA” del gobierno, por compras con tarjeta de débito, ya que no formarían parte de los incluidos en el beneficio, como sí lo son los registrados y monotributistas, entre otros sectores.
En ese sentido, de acuerdo a los detalles del proyecto que obtuvo media sanción en Diputados, tampoco estarán incluidos en caso de que el Senado apruebe la normativa.
Se trata de aproximadamente dos millones de personas que comenzaron a recibir desde el lunes último la primera de las dos cuotas de ese «refuerzo» IFE de $47.000.
Según fuentes oficiales, ese sector -que no tiene ingresos registrados- está excluido del reintegro de hasta $18.800 por compras con tarjeta de débito, una de las medidas que el Ministerio de Economía lanzó en las últimas semanas para amortiguar los efectos de la escalada inflacionaria.
Sin embargo, el resto de los sectores que ha cobrado bonos -como jubilados, empleados registrados y personal doméstico- sí tiene acceso al beneficio de la devolución del IVA,
El proyecto, entre sus consideraciones, otorga facultades a la AFIP para ampliar el listado de los beneficiarios del Programa y el monto máximo de reintegro mensual, así como a otorgar el mismo beneficio a quienes realicen sus operaciones con otros medios de pago, fijar la magnitud del reintegro en hasta un 21% del monto abonado por las operaciones de compra incluidas en el Programa.
Lo llamativo de la medida es que no están alcanzados por la devolución, cuando justamente ese bono a los trabajadores en negro fue la medida que el gobierno definió para compensar la pérdida económica sufrida tras la devaluación por este grupo de ciudadanos sin ingresos en blanco.
De acuerdo con lo dispuesto por el Gobierno, quienes pueden acceder a la devolución del IVA son: quienes cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales, que no excedan de seis haberes mínimos; titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) hasta seis haberes mínimos; titulares de la Asignación por Embarazo; personal de casas particulares; monotributistas y quienes trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual de hasta seis veces el salario mínimo.
En el beneficio también están incluidas las compras con la tarjeta Alimentar y las tarjetas de los beneficiarios del programa Potenciar Trabajo. (VW)