Diputados: Media sanción a la profesionalización de Acompañantes Terapéuticos
Se aprobó con 197 votos a favor y 3 votos en contra por parte del bloque de Milei. Pasó al Senado, y si cuenta con mayoría, será ley.
La Cámara de Diputados dio media sanción esta noche al proyecto de ley que regula el ejercicio de los acompañantes terapéuticos y que busca que sean considerados trabajadores profesionales autónomos, y no como simples auxiliares.
El proyecto impulsado desde 2016 por la diputada nacional radical Soledad Carrizo y que cosechó 197 votos afirmativos contra tres negativos de los liberales Javier Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo, pasará ahora al Senado en busca de su sanción.
La ley apunta a generar un marco general y nacional con criterios comunes para regular la actividad profesional de acompañantes terapéuticos, dado que hay 13 provincias que ya han sancionado normativas propias sobre la materia, aunque muy dispares entre sí.
La profesionalización de acompañantes terapéuticos, tiene como objeto establecer el marco general del ejercicio de la profesión, abordando intervenciones de trabajadores con matrícula habilitante que faciliten rehabilitaciones y reinserción en el ámbito comunitario. Además, contempla la promoción por parte del Ejecutivo Nacional de carreras de esta especialidad en la Educación Superior
“Los servicios del acompañante terapéutico tienen una creciente demanda, acompañada por un continuo aumento de nuevos profesionales, y nuevas ofertas académicas de formación. Pero esto es también un desafío que reclama reglas claras para su desarrollo. Y esa ha sido nuestra meta”, sostuvo Carrizo.
Los acompañantes terapéuticos son aquellos profesionales que con matrícula habilitante intervienen a través de un abordaje biopsicosocial integral, en el marco de un equipo interdisciplinario y por indicación de un profesional de la salud tratante a cargo, para facilitar la rehabilitación de la persona acompañada.
También intervienen a través de estrategias terapéuticas no farmacológicas para prevenir eventuales recaídas, identificar situaciones de riesgo y promover su reinserción en el ámbito comunitario, promoviendo el ejercicio efectivo de sus derechos, bajo el paradigma de salud comunitaria y colectiva.
El proyecto establece que “para el ejercicio profesional los acompañantes terapéuticos deberán inscribir previamente el título habilitante ante las autoridades competentes designadas por las jurisdicciones locales”.
También deberán aprobar un curso de formación complementario en un plazo máximo de cinco años contados a partir de la promulgación de la ley.
Además, se prevé la obligación del Poder Ejecutivo Nacional de promover ante los organismos que correspondan la creación de la carrera de acompañante terapéutico a cargo de Universidades e Institutos de educación superior, de gestión pública y privada, y la unificación de la currícula. (VW)