Domicilio Vial: El nuevo requisito que exige la provincia para las VTV y licencias de conducir
Transporte bonaerense resolvió la obligatoriedad Domicilio Vial Electrónico, y toda notificación recibida al DVE se considerará “notificación fehaciente” a todos los efectos legales. Para mayores de 70 años registrarse en el DVE es optativo.
El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Jorge D’Onofrio, resolvió la obligatoriedad del Domicilio Vial Electrónico (DVE) para usuarios de la VIT, Centros Emisores de Licencias de Conducir y diversos trámites administrativos.
De acuerdo a la Resolución N° 125/2023, desde el presente mes de junio es obligatoria la constitución del Domicilio Vial Electrónico (DVE) para ciudadanos que deban realizar trámites o gestiones administrativas en distintas áreas institucionales del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires.
La medida busca “mejorar y agilizar los tiempos en los procesos administrativos” y “brindará más seguridad en términos jurídicos a usuarios y usuarias” afirman desde la cartera provincial.
Asimismo, aseguran que DVE permitirá “una comunicación más fluida para la información de avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y otras cuestiones que facilitan los mecanismos de gestión a las y los ciudadanos”.
La normativa se aplica desde el 1 de junio a toda persona física o jurídica -mayor de 18 años y/o que tenga la expresa autorización de sus padres o tutores- que deba efectuar cualquier trámite, gestión y/o procedimiento ante los Centros de Emisión de Licencias de Conducir, Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, talleres de Verificación Técnica Vehicular.
Cabe señalar que, para las personas mayores de 70 años de edad, la constitución del DVE es optativo.
El trámite puede completarse de manera online, a través del portal oficial del Ministerio de Transporte (www.gba.gob.ar/transporte), o bien de forma presencial en algunas de las dependencias ya mencionadas.
El DVE es un instrumento creado a los fines de que se cursen allí todos los avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y/o comunicaciones que se originen como consecuencia de una infracción de tránsito constatada, incluido el dictado de sentencia y tratamiento de recursos, sin perjuicio de otras modalidades legales existentes.
De esta manera, toda notificación recibida al DVE se considerará “notificación fehaciente” a todos los efectos legales.
Acerca de los beneficios de la normativa, desde el organismo provincial se informa que otorga seguridad jurídica y reduce los tiempos del proceso administrativo; asegura la rápida y efectiva comunicación acerca de las infracciones de tránsito labradas, buscando desalentar la repetición de la conducta disvaliosa y garantiza el efectivo cumplimiento por parte de la Administración del deber de informar a los ciudadanos/as. (VW)